Ataques a la Cruz Verde y centros de salud violan la Constitución y los DDHH

El jueves 4 de mayo los voluntarios de la Cruz Verde se convirtieron en blanco de las fuerzas policiales. Las tácticas represivas ya no fueron dirigidas solo a los manifestantes, sino también a quienes procuran el acceso a la salud a los heridos. Portaban cascos, uniformes y guantes quirúrgicos cuando los efectivos les lanzaron bombas lacrimógenas junto al vehículo donde se trasladaban y que estaba identificado con banderines. Los médicos denunciaron que los funcionarios les quitaron también los insumos con los que auxilian a los lesionados y asfixiados en las marchas.

En situaciones de conflicto las organizaciones humanitarias son intocables, al igual que los centros de salud. De acuerdo con el Comité Internacional de la Cruz Roja, el Derecho Internacional Humanitario contempla un conjunto de normas que trata de limitar los efectos de los conflictos armados y que protegen a las personas que no participan en los combates.

En lo contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 se acuerda tratar con humanidad a todas las personas que estén fuera de combate sin distinción alguna, así como brindar protección a los heridos y enfermos.

El abogado y docente universitario Alí Daniels explicó que, a pesar de que los voluntarios de la Cruz Verde invoquen las Convenciones de Ginebra, Venezuela no cumple con las condiciones para considerarse un país en conflicto armado según el Derecho Internacional Humanitario. Dentro de este tipo de conflicto califican los combates entre fuerzas gubernamentales y grupos armados que no pertenecen al Gobierno.

Pese a ello, expertos destacan que la situación que atraviesa el país es irregular. “Estamos en una situación muy particular de exacerbación de la violencia, pero dista mucho de lo que debería ser considerado un conflicto armado en los términos del Convenio de Ginebra, en el que pueden intervenir fuerzas armadas disidentes”, explicó el docente universitario y abogado defensor de los derechos humanos, Jesús Ollarves.

Sin embargo, Ollarves destaca que si las consideraciones contenidas en las Convenciones de Ginebra están concebidas para salvaguardar vidas en tiempos de combate, estas mismas normas deberían prevalecer aún más en tiempos de paz.

“Todos estos convenios son aplicables con muchísima más razón en tiempos de paz. No es necesario que tengamos un conflicto armado para que las garantías fundamentales y el trato humano sean un verdadero derecho. Las autoridades venezolanas no pueden sustraerse de la responsabilidad internacional que tienen. Se trata de derechos que los Estados tienen que aplicar durante la paz y durante la guerra”, insistió Ollarves.

Los especialistas señalan que no hay que ir muy lejos para acercarse a las leyes que protegen a los más vulnerables en medio de un conflicto. El artículo 83 de la Constitución de Venezuela califica la salud como un “derecho fundamental” y especifica que “todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa”.

La represión no solo ha alcanzado a los voluntarios de la Cruz Verde. Primero llegó a afectar a los pacientes de la Policlínica Las Mercedes y de Salud Chacao cuando el humo de las lacrimógenas se sintió en ambos centros de salud luego de que los uniformados dispersaran a los manifestantes a punta de gases.

Para Ollarves, los efectivos responsables no solo incurrieron en “la simple comisión de un delito, sino en una violación a los derechos humanos”; por lo que aseguró que los implicados deberán responder ante las reglas del derecho internacional dependiendo de la gravedad de los hechos perpetrados.

“Estas personas (Cruz Verde, paramédicos) no están manifestando, no deberían ser agredidos. Es increíble que ellos (la GNB) atenten contra la misma gente que puede terminar curándolos”, añadió Daniels.

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