De la Lista Tascón al carnet de la patria

El chavismo instauró la discriminación política como una práctica sistemática, a partir de una primitiva y antidemocrática idea: si no estás conmigo, estás en mi contra.

La tristemente célebre Lista Tascón constituye un hito trascendental de los esfuerzos sostenidos que ha hecho el Estado por aplastar al ciudadano que no comparte el modelo político impuesto y consolidado por una institucionalidad absolutamente cooptada por el Poder Ejecutivo. Después de 12 años, la discriminación política aplicada a través del perverso mecanismo ejecutado por el fallecido diputado oficialista Luis Tascón fue juzgada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Perseverantes y dignas, Rocío San Miguel, Magally Chang y Thaís Peña se presentaron en la audiencia celebrada el 14 de febrero en el máximo tribunal hemisférico con sede en Costa Rica, para exigir la justicia que los tribunales venezolanos les negaron. La denegación de justicia y, peor aún, la aplicación del Derecho Penal del Enemigo (que se ejerce arbitrariamente por lo que la persona es y no por lo que la conducta delictiva en la que habría incurrido) constituye una forma de revictimización que los jueces de la Corte Interamericana  evaluarán a efectos de una inminente condena del Estado venezolano.

San Miguel, Chang y Peña fueron las tres funcionarias defenestradas del Consejo Nacional de Fronteras por firmar a favor de la activación del referéndum revocatorio del mandato del presidente Hugo Chávez, en 2004. Aunque fueron miles los perjudicados por la Lista Tascón, estas tres mujeres tienen el mérito de haber persistido en la lucha; una lucha que tiene plena vigencia, precisamente, por la profundización y la inclemencia de la discriminación política en el país.

La condición de víctimas se pudiera extender a todos los venezolanos que han sufrido acoso laboral durante los últimos 17 años. Allí, ante los jueces de la Corte Interamericana, podría estar cualquier funcionario público que es obligado a participar en una marcha oficialista, so pena de perder el empleo; o el que es conminado a vender su voto a cambio de la promesa de hacer efectivos sus derechos a la vivienda, a la educación, a la salud, a la alimentación… derechos que son administrados por el Estado-Partido de Gobierno como si fueran dádivas. Hasta San José de Costa Rica pudieran llegar todos los excluidos de los programas gubernamentales (misiones), solo  por el hecho, a veces por la simple sospecha, de ser opositores al régimen. Y si el Estado-Partido de Gobierno no hubiera denunciado la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 2012, con lo cual se perdió la posibilidad de que los venezolanos vulnerados en sus derechos obtuvieran la tutela de un tribunal internacional independiente, a la Corte Interamericana también podrían recurrir los marginados de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción  (integrados por instancias oficialistas e, incluso, partidistas, como las UBCH), y probablemente, todos los que corren el riesgo de segregación si no acceden a afiliarse al gobierno, a través de una de los más recientes instrumentos de discriminación aliñados con populismo y demagogia: el carnet de la patria.

En la audiencia celebrada hace una semana proliferaron evidencias indubitables de los atropellos cometidos a partir de la Lista Tascón: Lina Ron, también fallecida y para la época presidenta del Fondo Único Social llegó a amenazar de muerte (y nadie podría dudar de que Ron era una mujer de armas tomar) a los firmantes a favor de la revocatoria del mandato de Chávez; Roger Capella, para entonces ministro de Salud y Desarrollo Social, dijo sin rodeos que el funcionario que hubiese firmado estaba botado; y también se exhibió el video donde figura el propio presidente Chávez ordenando a las autoridades del Consejo Nacional Electoral entregar copias certificadas de las planillas que contenían la identidad de todas las personas que se habían expresado en contra de la permanencia en el poder del jefe del Estado.

Román Duque Corredor, ilustró a la Corte sobre la garantía de acceso a los cargos de la administración pública en el Derecho venezolano; la prohibición de la discriminación política en el acceso a los cargos de la administración pública, y la supuesta facultad discrecional del Estado para despedir a un funcionario y la regulación de esa facultad.

Si a alguien, por ejemplo, algún magistrado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se le ocurriera alegar que estos tres altos funcionarios actuaron en el ejercicio de su libertad de expresión, ¿cómo podría admitirse que los que se expresaron en contra del gobierno, a través del voto, podían ser objeto de una discriminación tan feroz?

Hubo una especie de careo esclarecedor entre dos peritos. Roberto Saba, promovido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, disertó sobre las discriminaciones encubiertas. Explicó que la facultad de la administración pública para rescindir un contrato de trabajo puede utilizarse para discriminar. Destacó que los actos discrecionales por parte de superiores jerárquicos deben ser motivados, y eso no ocurrió en este caso, porque las víctimas fueron botadas sin ninguna explicación.

Hay discriminaciones clásicas y encubiertas, puntualizó Saba antes de invocar  los estándares para evaluar con verdadera justicia este tipo de prácticas: la carga de la prueba la tiene el Estado y los jueces no pueden limitarse a aplicar una metodología clásica de apreciación de las pruebas, pues ello pudiera constituir un mecanismo de revictimización (como señalábamos más arriba). Por el contrario, para develar discriminaciones encubiertas, los jueces deben apreciar pruebas directas, circunstanciales y la reconstrucción de indicios.

Por su parte, el perito propuesto por el gobierno, Cesar Tillero Montiel, sorprendió a los jueces de la Corte Interamericana al señalar que hay personas “que no tienen derechos” y que, sencillamente, los funcionarios de la administración pública pueden ser botados sin motivación alguna. Eso lo dijo la semana pasada un representante del Estado-Partido de gobierno. Así las cosas, los propósitos esenciales de la Lista Tascón siguen vigentes 12 años después de que se comenzó a aplicar en contra de los opositores el régimen. Y no queda lugar a dudas: el chavismo ha consolidado la discriminación política como una práctica sistemática.

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