Por el derecho de acceso a la electricidad

El derecho al acceso a la electricidad es tan importante como el agua. El acceso a la energía está directamente relacionado con el bienestar y la satisfacción de necesidades básicas de las personas. La energía es necesaria para cocinar, para conservar los alimentos, para tener agua caliente y para la climatización, servicios básicos que cualquier hogar debería tener cubiertos para asegurarse unas condiciones adecuadas mínimas de vida y confort. Solo a modo de ejemplo: imaginemos preparar una sopa, se necesitará como mínimo agua y una cocina a gas o eléctrica. Cuando el ciudadano padece los efectos de los “apagones” o racionamientos de energía el acceso a un mínimo de electricidad se hace sentir en los hogares, sobre todo en la cocina, en el comercio y en la industria.

Trabajar sin electricidad no tiene sentido. En las oficinas no encenderían las computadoras, el aire acondicionado ni ningún aparato que requiera energía eléctrica; así que en horas de trabajo todo el personal estaría como en una especie de vacaciones, pero en sus lugares de trabajo y a oscuras. En las oficinas públicas y privadas no habría atención al público y los servicios no funcionarían.

La amenaza de que el país quede a oscuras es real. Las excusas del gobierno para no garantizar un adecuado, suficiente y oportuno suministro energético son de distinta naturaleza, y en diversas ocasiones se ha atribuido a actos de sabotajes. Las autoridades de Corpoelec han responsabilizado a iguanas come cables, y el ministro de Energía Eléctrica, Luis Motta Domínguez, asegura que toda la culpa es del cambio climático, específicamente del Niño.

El venezolano se está acostumbrando a vivir en la oscuridad. A los gastos de medicinas y comida se agrega otro más a los bolsillos de los venezolanos: el de la preparación ante un posible corte eléctrico. Velas, baterías y plantas eléctricas se han convertido en productos de primera necesidad ante la posibilidad de un colapso del sistema eléctrico.

Los derechos concernientes a la energía tienen un impacto directo sobre el disfrute del derecho a la alimentación, a la vivienda, a la salud, al trabajo, a un medio ambiente saludable, al desarrollo, entre otros. Sin el acceso a un mínimo de agua y energía muchos pueblos o comunidades están privados de sus medios de subsistencia. No es exagerado decir que el disfrute de todos los derechos humanos, incluido el derecho de los pueblos a decidir su futuro, depende de políticas y legislaciones relativas a la energía.

El debate sobre el acceso a la energía debe incluir la evaluación del cumplimiento de las obligaciones internacionales de los Estados en esta materia. El más visible de estos problemas es que, a pesar del reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales como, por ejemplo: el derecho a la vivienda, salud, y a un nivel de vida adecuado, no existe un tratado internacional específico en materia de derechos humanos que describa las obligaciones que deben cumplir los Estados sobre el derecho al acceso a la energía eléctrica. En muy pocas ocasiones se menciona como derecho, salvo la honrosa excepción de Bolivia, que lo contempla como derecho en su Constitución, y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, que señala expresamente en el artículo 14, párrafo 2 (h) el derecho de: “Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones”.

Se trata de un tema poco estudiado y escasamente explorado, que solo llama la atención del gobierno cuando las personas o colectividades se quejan por deficiencias en términos de acceso u otros problemas.

El acceso a servicios de energía debe entenderse como el acceso mínimo que la gente necesita y tiene derecho a recibir del Estado para vivir con dignidad y poder satisfacer necesidades básicas como servicios de iluminación, cocción, calentamiento de agua, calefacción, enfriamiento y tecnologías de la información y comunicación.

Tal como ocurrió con el derecho humano al agua, las energías deben estudiarse bajo el enfoque de derechos humanos. El paradigma liberal que trata a estos elementos como un bien económico susceptible de ser objeto de propiedad y de tráfico económico o comercial debe ser sustituido por el modelo que tiene como elemento central la defensa del derecho de todas las personas al acceso al agua potable y a la energía eléctrica suficiente para vivir con unas mínimas condiciones de dignidad.

Para satisfacer las necesidades humanas básicas se necesita un suministro mínimo de 50-100 kWh por persona y año. Por ahí podría comenzar el diseño de políticas públicas y, ¿por qué no?, de una legislación que garantice el derecho humano a la electricidad.

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